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Sentencia clave: la Corte limita el cobro de Ingresos Brutos sólo a quienes tengan fines de lucro

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) puso un freno a las intenciones de la provincia de Chaco de cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a un contribuyente cuya actividad era sin fines de lucro.

Se trata de una cooperativa que había pedido la inconstitucionalidad del Código Tributario Provincial (CTP) chaqueño por considerar que atacaba lo determinado en la Ley de Coparticipación Federal.

En efecto, la Ley 23.548 establece una serie de requisitos que deben cumplir las provincias para homogeneizar el tratamiento de Ingresos Brutos, entre los que figuran la necesidad de que existiera ánimos de lucro.

Al menos así lo explicó Darío Rajmilovich en su columna para El Cronista, en la que aclaró que este fallo “puede ser bisagra, ya que abre la puerta para que todas las cooperativas con actividades sin fines de lucro dejen de abonar el tributo provincial”.

El socio de Expansion Holding sostuvo que otras entidades como fundaciones, asociaciones civiles, mutuales o agrupaciones de colaboración “podrán presentarse ante el máximo tribunal de Justicia de la Nación y reclamar el sece del cobro del impuesto, sin importar la provincia en la que se desempeñe”.

Leé la columna completa, acá.

“Va a afectar directamente al contribuyente, por ahí la solución puede ser peor”

La propuesta de iniciar una “rebelión fiscal” en la provincia de Buenos Aires, lanzada por el diputado José Luis Espert, continúa con sus secuelas. Lejos de disolverse, la iniciativa suma adherentes, entre ellos, el mismo Presidente de la Nación.

En este escenario, Marina Calabró y Horacio Cabak consultaron al socio de Expansion Business, Diego Fraga, para conocer cuáles son las consecuencias que podrían sufrir los que se sumen en la cruzada.

A continuación, las frases más importantes de la entrevista realizada en el programa Calabró 1079 de radio El Observador:

Escuchá la entrevista completa acá.

La caída del impuestazo en Pehuajó dejó en evidencia el hartazgo y una duda ¿hasta cuándo?

El intendente Pablo Zurro envió al Consejo Deliberante de Pehuajó un proyecto para aplicar una tasa fitosanitaria por la utilización de agroquímicos y, ni bien salió, la noticia no hizo más que acumular rechazos.

Una semana después, retiró la propuesta. “No tomaré ninguna medida en contra de los productores ni trabajadores agrícolas”, afirmó, aunque amenazó con “penalizar las aplicaciones irresponsables, con multas severas y con denuncia judicial”.

En este escenario, el socio de Expansion Holding Darío Rajmilovich analizó el escenario actual y encontró un punto en común: los intendentes están haciendo uso de su potestad para crear tasas.

No obstante, no todos siguen los preceptos que estableció, a lo largo de los años, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en las múltiples sentencias en las que les tocó actuar.

Por eso, Rajmilovich realizó un repaso sobre los requisitos que deben cumplirse al momento de crear una nueva tasa y aportó una posible solución al problema que afrontan los municipios.

Leé la columna completa acá.

“Son insaciables y no paran de crear nuevos impuestos disfrazados de tasas”

El municipio de Rosario estableció una nueva tasa sobre combustibles que generó polémica debido a que no cumpliría con los principios establecidos por la Corte Suprema para ser considerada como tal.

Diego Fraga, socio y CEO de Expansion Business, fue consultado por Alberto Lotuf para su programa “Siempre Juntos” de Cadena 3 sobre la posibilidad de que sea tildada de inconstitucional.

Ante la pregunta sobre la potestad que tiene el municipio para establecer este gravamen, sostuvo que “como poder, puede”. Sin embargo, explicó que puede avanzar siempre que “la Justicia no lo frene”.
Si bien la Corte Suprema ya aportó su visión sobre la diferencia entre impuesto y tasa, Fraga recordó que “en muchos casos, los jueces no acompañan los reclamos de los contribuyentes que están afectados por este tipo de abusos”.

También realizó un análisis de este caso particular y realizó un repaso por otros y explicó los requisitos que, según la Justicia, deben existir. A continuación, las frases más importantes:

Escuchá la entrevista acá.

¿Tasa o impuesto?: los productores agropecuarios de Azul en pie de guerra por un nuevo tributo

El Concejo Deliberante de Azul terminó con la incertidumbre generada hace unas semanas al aprobar la tasa que recae sobre el campo, una medida que fue rechazada por los productores desde el momento de su anuncio.

En este contexto, Darío Rajmilovich, socio de Expansion Holding, analizó el “impuesto” y recordó qué había establecido en su momento la Corte Suprema sobre este tipo de tributos en su columna para El Economista.

La norma, según explicó, “es altamente polémica ya que alcanza a cada hectárea de tierra con el equivalente a una fracción o un litro de gasoil (dependiendo si se trata de un terreno para agrícola, para cría o mixto)”.

También sostuvo que los valores de estas escalas suenan desproporcionados de por sí, pero además hay que sumar a la ecuación un hecho no menor: no existe un servicio específico que justifica la creación de esta tasa municipal.

“Ese es el motivo por el que los productores afectados se presentarán ante la Justicia para evitar el cobro de este tributo bajo el argumento de que se trataría de un tributo inconstitucional”, añadió.

Luego, recordó los puntos fundamentales que fue definiendo la Corte Suprema al momento de establecer qué características tiene una tasa y también enumeró los principios constitucionales sobre el tema.

Y concluyó: “En este caso, la tasa creada por el Municipio de Azul no cumpliría ninguno de los puntos establecidos por el máximo tribunal, por lo que es altamente probable que la resolución siga la línea trazada por los fallos anteriores”.

Leé la columna completa acá.

El municipio de Azul crea un impuesto encubierto para cobrarle al campo un litro de gasoil por hectárea para cubrir su déficit

El municipio de Azul fue noticia por un proyecto de ley que busca imponer a los productores agropecuarios una nueva tasa que, por sus características, es más bien un impuesto encubierto.

En este escenario, Diego Fraga calificó, ante la consulta del periodista de Infobae Martín Kanenguiser, de “robo” la nueva iniciativa y cuestionó el hecho de que se trate de “la primera medida de gobierno del intendente electo”.

El socio de Expansion Business recordó que si bien “muchas veces los jueces les tienen compasión a las administraciones municipales y para no quitarles recursos por más que sean totalmente ilegítimos, rechazan este tipo de acciones”, lo cierto es que el máximo tribunal es tajante al respecto.

“Según la jurisprudencia que la Corte trazó desde hace ya varios años y que permanece vigente, una tasa siempre tiene que responder a una concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio. De lo contrario, no es tasa y se transforma en un impuesto como es este caso”, sostuvo.

Y añadió: “Acá los servicios que estaría retribuyendo son imposibles de individualizar. Es decir, enumera una serie de servicios y ya la jurisprudencia ha invalidado tasas similares en mucha cantidad de casos”.

“Lo que tiene de perverso es que una de las primeras medidas que toma el Intendente apenas asume, a pesar de que lo presentó el intendente saliente. Además, la forma de cálculo es ridícula”, señaló.

Y concluyó: “No tiene nada que ver con una tasa, porque se calcula por hectárea y a valor de litro de gasoil. Es ridícula, algo nunca visto y es una vergüenza que haya funcionarios electos que hagan estas cosas”.

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En la Argentina se crean tributos sin pasar por el Congreso

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo introdujo una novedad: creó un fondo fiduciario denominado Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (FONDIMA) para financiar inversiones productivas.

El FONDIMA contará con una recaudación proveniente de las empresas equivalente al 3% de los beneficios que reciban del Estado. Por ser fiduciaria, sus ingresos no entran a Rentas Generales y, por lo tanto, están fuera del alcance del Presupuesto y no pueden ser objeto de recortes y ajustes.

Diego Fraga, socio de Expansion Business, señaló que “es común encontrar este tipo de contribuciones en algunos regímenes promocionales, en los cuales, para poder solventar parte de la actividad administrativa que demanda el régimen se crean tasas”.

El problema, según Fraga, es que “muchas veces se olvidan de incluir este tipo de tributos en las leyes respectivas, y se implementan a través de normas administrativas, como decretos, tratando de que pasen desapercibidos”.

“Es claro que la creación de tasas para retribuir servicios administrativos sin una ley que lo sustente es inconstitucional, pues ya desde hace tiempo en la causa ‘Selcro’ la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de una tasa administrativa de una tasa de la IGJ por no haber previsto la ley los elementos esenciales del tributo”.

Sin embargo, concluyó Fraga, “cuando se crean en el marco de regímenes promocionales no suelen ser impugnadas por sus beneficiarios, ya que representan un porcentaje bajo en proporción a los beneficios que reciben”.

Leé la nota completa, acá.