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Social Media
Luces y sombras de los nuevos lineamientos de la IGJ en materia de sociedades

La nueva administración de la Inspección General de Justicia (IGJ) arribó a sus funciones con un paquete de cambios que se fueron materializando a través de varias resoluciones generales.

Aplicando cierto rigor técnico, algo de lógica y un poco de política, decidió ajustar muchas de las normas emitidas durante el segundo mandato de Ricardo Nissen y que, en la práctica, significaron muchos palos en la rueda para las sociedades.

Las modificaciones van desde aspectos meramente administrativos a cuestiones clave, como el valor del capital, el objeto social o los requisitos para constituir determinados tipos sociales (como las SAS).

Al menos así lo manifestó en su columna para El Economista Yanil González en la que advirtió que, a primera vista, las decisiones de la nueva gestión “parecen buenas y el camino, el acertado”.

Sin embargo, la gerente de Auditoría de Expansion Argentina aclaró que “miradas bajo una lupa más inquisidora, surgen algunos puntos que podrían mejorarse de cara al futuro”.

Luego de hacer un repaso por las “luces y sombras”, concluyó que “no hay que olvidar que son estos sujetos los que permiten dar origen a grandes compañías. Entorpecer su trayecto puede ayudar a retrasar o detener el despegue de una buena idea”.

Leé la columna completa acá.

Vientos de cambio: la IGJ relaja requisitos para que las sociedades extranjeras puedan trabajar en el país

Todo parece demostrar que la nueva administración de la Inspección General de Justicia (IGJ) decidió dejar de lado un modelo de control extremadamente burocrático para reemplazarlo por otro más laxo.

Al menos así lo manifestó en su columna para El Cronista Melina Sánchez, responsable de Legales de Expansion Argentina, en la que analizó la Resolución General 5/2024, publicada en el Boletín Oficial recientemente.

En la flamante norma, el organismo a cargo de Daniel Roque Vítolo exime de obligaciones claves a las sociedades extranjeras que constituyan o participen en sociedades locales.

La nueva resolución reemplaza el polémico artículo 3 de la resolución general 2, emitida en 2020 durante la administración de Ricardo Nissen, que establecía como requisito constituir una garantía para los representantes.

“A la luz de los hechos, los argumentos esgrimidos en el pasado quedan manchados por una interpretación forzada de las normas que sólo logró perjudicar a las empresas del exterior que optaban por instalarse en la Argentina”, explicó Sánchez.

Además, añadió que “se puede asegurar que esta resolución es el inicio de grandes modificaciones que afectarán a nivel nacional a las regulaciones aplicables”. Y concluyó: “Soplan vientos de cambio. Bienvenidos sean”.

Leé la columna completa, acá.

Tras la decisión de la IGJ, qué pasará con la plata del fideicomiso que Santi Maratea hizo para Independiente

El Club Atlético Independiente está cada vez más complicado. Si la deuda que lo asfixia no fuera poco, ahora se sumó una intimación de la IGJ a Santiago Maratea para que el fideicomiso que se constituyó para juntar el dinero que se debe esté bajo su control.

Dado que el contrato se registró en la provincia de Neuquén, el organismo de control nacional entiende que fue mal inscripto y solicitó al influencer a que haga el registro correspondiente para conocer más sobre el instrumento legal.

En este escenario, la periodista de TN Melina Manfredi consultó a Diego Fraga para conocer más sobre los motivos que llevaron a la IGJ a intervenir y buscar que el fideicomiso quede bajo su órbita.

“Desde que se aprobó el Código Civil y Comercial se prevé que los fideicomisos tienen que inscribirse en el ‘registro público correspondiente’. Si bien el fideicomiso es un contrato entre privados, se hizo para tratar de que no se vulneren derechos de terceros (por ejemplo, acreedores)”, explicó.

El también socio de Expansion Business hizo un breve repaso sobre los organismos de control societario. En este sentido, explicó que en la Ciudad de Buenos Aires hay dos registros: uno porteño y el de la IGJ, de carácter nacional.

“Cuando CABA y Nación pertenecían a un mismo signo político, la IGJ eliminó la obligación de inscribir los fideicomisos ahí (en favor del registro de CABA), pero cuando asumió Nissen, con el gobierno de Alberto Fernández, se volvió a reinstalar esa obligación”, indicó.

Y agregó: “Esta gestión de la IGJ tiene un sesgo bastante intervencionista y con muchas regulaciones, a las que se les suele criticar que entorpecen y/o traban la velocidad de los negocios”.

“Entonces, cuando se armó el fideicomiso de Maratea, para evitar este tipo de trabas se inscribió el fideicomiso en otra jurisdicción (que en este caso, fue en Neuquén)”, señaló.

La IGJ intimó a Maratea a inscribir el contrato en ese organismo. “Como no lo hizo, ahora dictó una Resolución en la que instruye a su departamento judicial a iniciar una acción judicial para intervenir la administración del fideicomiso”, señaló.

“Hay un claro conflicto de competencias entre dos organismos de registro, que se podría agravar si la justicia comercial de la CABA hiciese lugar al pedido de la IGJ. Esto podría restar credibilidad a la campaña y entorpecer la recolección de fondos”, consideró.

Y concluyó: “Por otro lado, la Justicia deberá decidir si la IGJ tiene facultades como para pedir una intervención judicial de un fideicomiso entre privados, máxime cuando ya está inscripto en otra jurisdicción”.

Leé el artículo completo, acá.