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Luces y sombras de los nuevos lineamientos de la IGJ en materia de sociedades

La nueva administración de la Inspección General de Justicia (IGJ) arribó a sus funciones con un paquete de cambios que se fueron materializando a través de varias resoluciones generales.

Aplicando cierto rigor técnico, algo de lógica y un poco de política, decidió ajustar muchas de las normas emitidas durante el segundo mandato de Ricardo Nissen y que, en la práctica, significaron muchos palos en la rueda para las sociedades.

Las modificaciones van desde aspectos meramente administrativos a cuestiones clave, como el valor del capital, el objeto social o los requisitos para constituir determinados tipos sociales (como las SAS).

Al menos así lo manifestó en su columna para El Economista Yanil González en la que advirtió que, a primera vista, las decisiones de la nueva gestión “parecen buenas y el camino, el acertado”.

Sin embargo, la gerente de Auditoría de Expansion Argentina aclaró que “miradas bajo una lupa más inquisidora, surgen algunos puntos que podrían mejorarse de cara al futuro”.

Luego de hacer un repaso por las “luces y sombras”, concluyó que “no hay que olvidar que son estos sujetos los que permiten dar origen a grandes compañías. Entorpecer su trayecto puede ayudar a retrasar o detener el despegue de una buena idea”.

Leé la columna completa acá.

Vientos de cambio: la IGJ relaja requisitos para que las sociedades extranjeras puedan trabajar en el país

Todo parece demostrar que la nueva administración de la Inspección General de Justicia (IGJ) decidió dejar de lado un modelo de control extremadamente burocrático para reemplazarlo por otro más laxo.

Al menos así lo manifestó en su columna para El Cronista Melina Sánchez, responsable de Legales de Expansion Argentina, en la que analizó la Resolución General 5/2024, publicada en el Boletín Oficial recientemente.

En la flamante norma, el organismo a cargo de Daniel Roque Vítolo exime de obligaciones claves a las sociedades extranjeras que constituyan o participen en sociedades locales.

La nueva resolución reemplaza el polémico artículo 3 de la resolución general 2, emitida en 2020 durante la administración de Ricardo Nissen, que establecía como requisito constituir una garantía para los representantes.

“A la luz de los hechos, los argumentos esgrimidos en el pasado quedan manchados por una interpretación forzada de las normas que sólo logró perjudicar a las empresas del exterior que optaban por instalarse en la Argentina”, explicó Sánchez.

Además, añadió que “se puede asegurar que esta resolución es el inicio de grandes modificaciones que afectarán a nivel nacional a las regulaciones aplicables”. Y concluyó: “Soplan vientos de cambio. Bienvenidos sean”.

Leé la columna completa, acá.