hero-background

¡Hola! Nos gustaría conocerte más y ver cómo podemos ayudarte.

Completa el siguiente formulario con tus datos.

¡Hola!
Sumate al equipo de Expansión Holding.

Completa el siguiente formulario con tus datos.

Social Media
   
22 Mar. 2023

AFIP aclaró la suba del piso de percepción de IVA para venta de alimentos, artículos de higiene y limpieza

General

María Paula Veliz, gerente de Impuestos de Expansion Argentina, opinó en una nota para Ámbito.com sobre el pedido de la Facpce de elevar el piso. 

La AFIP modificó parcialmente el régimen de percepción del IVA establecido en febrero, elevando de $60 a $3.000 el monto mínimo de esa operación para las ventas de alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza.

La medida implica subir el piso de las operaciones comprendidas por el régimen de $2.000 a $100.000, luego de un pedido de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce).

«Es difícil determinar si la resolución general publicada este miércoles en el Boletín Oficial es positiva o negativa si se analiza el universo de contribuyentes y operaciones que quedarán afectados” explicó la experta en impuestos, María Paula Veliz.

La fecha de aplicación se mantuvo «para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del día 1 de abril de 2023, inclusive», tal como se especificó la resolución original, pero el importe mínimo se elevó de $60 a $3.000 (el 3% para una transacción de $100.000).

“Si bien aumenta el importe mínimo de retención de manera considerable, establece la obligación para aquellos que compren y vendan productos alimenticios sin transformación”.

De esta manera, prosiguió Veliz, «en muchas ocasiones no se tendrá que realizar la retención dado que no alcanzan el nuevo mínimo, pero a su vez ciertos actores -como los supermercados- quedarán ahora alcanzados por el flamante régimen».

Leé la nota completa acá.

   
22 Mar. 2023

AFIP aclaró la suba del piso de percepción de IVA para venta de alimentos, artículos de higiene y limpieza

General

María Paula Veliz, gerente de Impuestos de Expansion Argentina, opinó en una nota para Ámbito.com sobre el pedido de la Facpce de elevar el piso. 

La AFIP modificó parcialmente el régimen de percepción del IVA establecido en febrero, elevando de $60 a $3.000 el monto mínimo de esa operación para las ventas de alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza.

La medida implica subir el piso de las operaciones comprendidas por el régimen de $2.000 a $100.000, luego de un pedido de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce).

«Es difícil determinar si la resolución general publicada este miércoles en el Boletín Oficial es positiva o negativa si se analiza el universo de contribuyentes y operaciones que quedarán afectados” explicó la experta en impuestos, María Paula Veliz.

La fecha de aplicación se mantuvo «para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del día 1 de abril de 2023, inclusive», tal como se especificó la resolución original, pero el importe mínimo se elevó de $60 a $3.000 (el 3% para una transacción de $100.000).

“Si bien aumenta el importe mínimo de retención de manera considerable, establece la obligación para aquellos que compren y vendan productos alimenticios sin transformación”.

De esta manera, prosiguió Veliz, «en muchas ocasiones no se tendrá que realizar la retención dado que no alcanzan el nuevo mínimo, pero a su vez ciertos actores -como los supermercados- quedarán ahora alcanzados por el flamante régimen».

Leé la nota completa acá.