La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó cuatro sanciones que aplican por no contestar los mails ante una fiscalización electrónica. Sin embargo, continúa con la más grave: la anulación de la CUIT.
En este escenario, el periodista Hernán Gilardo consultó con Diego Fraga, socio de Expansion Business, para conocer el alcance de la medida y el impacto que tendrá en el futuro.
En primer lugar, Fraga remarcó la gravedad de la situación y la frágil situación a la que se enfrentan quienes tienen una fiscalización electrónica, al recordar que “por no contestar un mail, te anulan como contribuyente”.
Luego apuntó contra la legalidad del mecanismo sancionatorio, al asegurar que “no está en la ley esa facultad, así como la establece la resolución”. Y añadió: «Las sanciones impropias son inconstitucionales y contrarias al Estado de Derecho”.
“La Ley 11.683 (reformada por la 27.430) permite medidas preventivas, pero establece que la suspensión de CUIT debe tener efectos suspensivos. Es decir, debe garantizar un procedimiento de defensa”, agregó.
Si bien la norma tiene multas, Fraga sostuvo que “en vez de usar el camino correcto, se saltean la Constitución y aplican una sanción que aniquila empresas o individuos con una simple resolución administrativa”.
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