La Justicia puso un freno a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su intención de cobrar el Aporte Solidario y Extraordinario a un contribuyente que poseía residencia fiscal en otro país.
El periodista de Infobae Martín Kanenguiser consultó a Diego Fraga sobre el fallo, quien dijo que “la sentencia es muy importante porque es uno de los casos más sólidos de inconstitucionalidad en ese engendro polémico que fue el mal llamado aporte solidario”.
El socio de Expansion Business apuntó que “desde lo jurídico, fue un disparate constitucional pretender alcanzar retroactivamente con un impuesto confiscatorio a un sujeto que había emigrado y que ya no era más contribuyente del país”.
Además, sostuvo que “fue claramente persecutorio, ya que se apuntó con la norma cuestionada a castigar, sin fundamento jurídico, a sujetos que habían tomado una drástica decisión de vida, es decir, irse definitivamente de su país, alejándose de sus familias y demás afectos”.
También remarcó que “es trascendente esta sentencia de fondo porque si bien en algunas jurisdicciones se otorgaron medidas cautelares en supuestos similares, tampoco abundaron”.
Y concluyó: “Algunos jueces eran bastante reticentes, inclusive en casos como el presente, donde la inconstitucionalidad era grosera y sólo se requería un análisis muy sencillo, de puro derecho”.
Leé la nota completa, acá.