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“Alivio fiscal”: los tributaristas consideran que las medidas para los autónomos resultaron “escasas”

El Gobierno lanzó un paquete de medidas tributarias que se sumaron al incremento del piso de Ganancias para empleados y que benefician a autónomos, monotributistas y pequeñas y medianas empresas.

En este escenario, la periodista Melisa Reinhold indagó sobre los cambios y consultó a Diego Fraga, socio y CEO de Expansion Business, sobre el alcance que tienen para su artículo publicado en La Nación.

En primer lugar, Fraga sostuvo que los parámetros “son montos que tendrían que actualizarse automáticamente por inflación” y aclaró que “sucede lo mismo con el alivio fiscal para monotributistas”.

Además, sostuvo que, si bien “todo esto está bien, es correcto y era necesario”, es una modificación parcial, ya que los anuncios “tienen que hacerse por la falta de actualización de escalas”.

Para cerrar, hizo referencia al plan de facilidades lanzado por el Gobierno. “Por la tasa de interés que se aplica, tiene un efecto casi condonatorio porque la deuda es licuada por la inflación”, concluyó.

Leé el artículo completo acá.

Ajuste por inflación: ¿el IPC es el mejor indicador para mostrar la realidad en los estados contables?

La inflación es un flagelo que afecta, en menor o mayor medida, a todos los que forman parte de la sociedad. Sean personas, empresas o políticos, ninguno queda fuera del problema.

Para los contadores que confeccionan los estados contables de las compañías, además, implica el desafío de representar, lo más fielmente posible, la realidad económica del momento.

“Como es una tarea difícil -más con indicadores tan volátiles como los actuales- existe una herramienta que ayuda a identificar con mayor exactitud los valores de activos, pasivos y resultados”, dijo Yanil González y aclaró: “Hablamos del ajuste por inflación”.

La gerente de Auditoría de Expansion Argentina repasó qué establecen las normas contables sobre el mecanismo y plantó una incógnita sobre la decisión de utilizar un único índice para aplicarlo.
Con un ejemplo simple -pero significativo-, manifestó cómo la aplicación de un indicador diferente puede ser más representativo de la realidad económica de la empresa en cuestión.

Asimismo, sostuvo que “no hay que perder de vista que la inflación siempre está en aumento y todos los índices de precios elaborados por el organismo de estadísticas oficial siguen la misma tendencia”.

Y concluyó: “Tal vez por eso sea momento de preguntar qué tan representativo de la realidad económica de la empresa es su balance y, sobre todo, indagar si no sería recomendable encontrar la manera de aplicar el indicador que mejor ayude a obtener esa respuesta”.

Leé la columna completa, acá.

Ajuste por inflación en Diputados: recaudación podría caer casi $240.000 millones

El oficialismo busca modificar el ajuste por inflación impositivo en el Congreso, con el objeto de que el efecto de la suba de precios no pueda ser computado en un ejercicio sino en tres.

La noticia generó polémica de inmediato. El diario Ámbito consultó con Vanesa Díaz, Senior de Impuestos de Expansion Holding, quien aseguró que el proyecto para implementar el ajuste por inflación parcial “es sinónimo de inconstitucionalidad”.

“No sólo es algo muy malo para el sistema tributario, sino que va en contra de lo que dijo la Corte Suprema en reiteradas oportunidades”, argumentó.

Y añadió: “Esto no es más que un intento desesperado del Gobierno de buscar aumentar la recaudación sin medir el impacto que una decisión de este estilo puede generar en una empresa, sobre todo, al afectar a las PyME que no suelen tener herramientas para cuestionar una norma que atropella la Constitución Nacional”.

En ese sentido, Díaz advirtió que “cualquier limitación para que se aplique el ajuste por inflación va en contra de la ley fundamental porque transforma el impuesto en confiscatorio, al gravarse ganancias inexistentes”.

Y concluyó: “Es un mero artilugio para que algunas empresas sin el asesoramiento adecuado tributen por encima de su capacidad contributiva y más allá de las alícuotas formales que establece el Impuesto a las Ganancias”.

Leé la nota completa acá.