El Gobierno reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal y, junto a la resolución general emitida por el organismo de recaudación, quedó plenamente operativa el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
Este nuevo sistema, no obstante, no es para cualquiera. Al menos así se desprende de los comentarios del socio de Expansion Business, Diego Fraga, que realizó ante Gonzalo Chicote, periodista de El Economista.
Fraga apuntó a las potestades que todavía tiene el fisco nacional en puntos clave como las facturas apócrifas, ya que «ARCA puede determinar en cualquier momento que alguno de las deducciones surgen de este tipo de comprobantes».
Por eso, aseguró que «el resultado del régimen se va a medir con la práctica y, hay que ver qué criterios son los que aplican los funcionarios del organismo de recaudación».
Pero también hay dos obstáculos más: «Los bancos o entidades financieras, que pueden pedir explicaciones sobre el origen de los fondos; y los fiscos provinciales, que pueden reclamar impuestos si no hay una armonización normativa».
Pese a todo, y si bien en general no le recomendaría a los monotributista sumarse al régimen simplificado de Ganancias, Fraga considera viable que algunos autónomos se adhieran y gocen de los beneficios del sistema.
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Ganancias: ARCA mandó notificaciones a empleados y empresas y surgen dudas sobre qué hacerLa Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) envió notificaciones a empleados y a empleadores para hacerles saber que constataron inconsistencias respecto al Impuesto a las Ganancias.
En este escenario, y consultado por el periodista Gonzalo Chicote (para El Economista), el socio de Expansion Business Diego Fraga recordó que este tipo de medida “no es un instrumento nuevo ni aislado”.
“La AFIP -y ahora ARCA- ya ha enviado notificaciones masivas a miles de contribuyentes en otros contextos (por inconsistencias en Bienes Personales o en moratorias) y han generado regularizaciones voluntarias significativas sin necesidad de fiscalizaciones formales”, sostuvo.
“Eso -continuó- se debe a que el mecanismo se apoya en cruces de datos automatizados y envíos por Domicilio Fiscal Electrónico, lo que le permite al organismo cubrir un universo amplio con muy poco costo operativo comparado con abrir auditorías caso por caso”.
“Ese enfoque aprovecha la tecnología y base de datos para elevar el cumplimiento mediante correcciones voluntarias y en antecedentes similares se vio que muchos regularizaron su situación antes de que se agravará en un procedimiento formal”, indicó.
Además, explicó que “no es una multa ni una determinación: es un ‘aviso de consistencia’ para que el contribuyente revise y, si corresponde, rectifique voluntariamente antes del cierre anual”.
Y, para cerrar, aclaró otro punto clave: “Si no hacés nada, no hay sanción automática ‘por desobedecer la carta’. Lo que cambia es el riesgo: si el caso escala a una fiscalización o verificación, ahí sí puede haber ajuste (impuesto), más intereses y eventualmente multas”.
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Los que blanquearon y dejaron sus dólares depositados tendrán nuevas exenciones en GananciasEl Gobierno nacional busca aprobar un paquete de medidas fiscales dentro del proyecto de modernización laboral, entre las que aparecen beneficios para quienes realicen inversiones financieras.
En este escenario, el periodista Gonzalo Chicote realizó un repaso por la iniciativa y consultó con Diego Fraga para conocer su opinión sobre la posibilidad de que, quienes blanquearon, puedan acceder a estas ventajas.
La fecha en la que se busca que entre en vigencia las exenciones no parece azarosa. Por el contrario, todo indica que fue pensada para los u$s20.000 millones de las cuentas especiales del blanqueo (CERA) que están prontos a quedar disponibles.
Al menos así lo manifestó Fraga, al asegurar que “parece ser un paquete diseñado para que el ahorro declarado -y particularmente los fondos que se liberan de CERA- encuentre rendimiento en el sistema sin peaje fiscal, en vez de volver al colchón”.
“Hoy el impuesto cedular castiga fuerte al que se queda en instrumentos en dólares o fuera de la cotización”, resaltó el socio de Expansion Business y añadió que “un plazo fijo en dólares tributa 15% y la venta de acciones no cotizantes, también”.
“El proyecto da vuelta esa lógica desde 2026, ya que exime el plazo fijo sin mirar la moneda y extiende la exención a la compraventa de títulos valores aun cuando no coticen, salvo las criptomonedas”, explicó.
Y sumó: “No afirmo que sea la única motivación, pero el calendario es elocuente: cuando se libera el lockup de CERA, el proyecto reduce drásticamente el costo fiscal de quedarse invertido localmente”.
“Es una señal pro-mercado de capitales y, al mismo tiempo, una ‘zanahoria’ para que los fondos regularizados no migren a la salida”, concluyó Fraga a El Economista.
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Atención empleados: claves para pagar menos Ganancias sin que ARCA los molesteLa Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó cómo quedaron las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias para empleados, tras conocerse los valores del IPC de junio.
Sin embargo, además de estos conceptos existen otros que permiten reducir el impacto del gravamen (o incluso evitar el pago) que están contenidos en la Ley. Algunos tienen topes y otros no, de acuerdo al sujeto o sus propias características.
El periodista Gonzalo Chicote consultó con María Paula Veliz, quien recordó cuáles son las deducciones que existen y que tienen un límite claro a la hora de aplicarlo para una nota de El Economista.
La gerenta de Impuestos de Expansion Argentina enumeró los 9 ítems y explicó cuáles son los topes que establece la norma para cada caso. Entre ellos, destacó las donaciones, gastos médicos, alquileres y el personal de casas particulares.
Además, aclaró que “los topes de sepelio y el de los créditos hipotecarios siguen sin actualización desde hace años, motivo por el que se terminó perdiendo el sentido de su deducción”.
Y explicó que “otros, como el tope de primas de seguros, que durante años estuvo estancado en $996,23, comenzó a actualizarse años atrás (pasó primero a $80.707, luego a $195.845 en 2024 y en 2025 quedó en $573.817)”.
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Dólares sin declarar: en qué casos les conviene a los monotributistas pasarse al nuevo régimen simplificado de GananciasComo parte del objetivo de lograr que los argentinos utilicen los dólares que tiene fuera del sistema para realizar consumos, el Gobierno nacional estableció un régimen simplificado para pagar el Impuesto a las Ganancias.
Para conocer un poco más de la nueva alternativa y su conveniencia, la periodista Melisa Reinhold consultó a Diego Fraga quien analizó la norma para responder a los interrogantes de La Nación.
En primer lugar, destacó que “representa una oportunidad histórica para regularizar activos sin costo y sin tope, siempre que los fondos sean utilizados para adquirir bienes registrables o financiar consumos dentro del país”.
“Esta ventaja es inédita y puede ser sumamente atractiva para muchos contribuyentes que mantienen parte de su patrimonio fuera del sistema formal”, añadió el socio de Expansion Business.
Desde su perspectiva, el “gran atractivo” es que permite aceptar una declaración jurada sugerida por ARCA, pagarla (o rectificarla) y quedar liberado del tributo, con una presunción de exactitud para los períodos no prescriptos.
Una suerte de “blanqueo encubierto” para quienes adhieran, pero con mayor estabilidad jurídica. Luego, los bienes que se compraron pueden aparecer en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
“Para muchos pequeños contribuyentes, especialmente los profesionales que trabajan con consumidores finales, el salto desde el monotributo al régimen general implica una carga difícil de asumir. Por eso, conviene que evalúen no solo el beneficio inmediato de regularizar, sino también el costo futuro del cambio de régimen», advirtió.
Hay muchas diferencias entre el Monotributo y el Régimen General. En primer lugar, el Régimen Simplificado de Ganancias no incluye ni obra social ni aportes previsionales, y el contribuyente debe gestionar y pagar por su cuenta.
En cambio, en el Monotributo eso ya está incluido en la cuota mensual. “Aunque muchos ya pagan una prepaga fuera del sistema, para otros esto puede presentar un costo adicional inesperado”, señaló.
Otro tema: pasar al régimen general implica facturar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), algo que para Fraga no es neutro, porque si el cliente es un consumidor final (como sucede con médicos, arquitectos y abogados, por mencionar algunos), ese IVA no puede ser descontado y se transforma en un costo adicional que puede obligar a reducir honorarios o perder competitividad.
“También hay mayores exigencias formales, como la necesidad de llevar libros contables, presentar declaraciones juradas mensuales y anuales, y asumir un mayor nivel de fiscalización”, señaló.
Y añadió: “Desde ya, todo esto tiene un lado positivo: ingresar al régimen implica una ‘blanqueabilidad’ plena, con efecto liberatorio hacia atrás y una presunción de exactitud para el patrimonio y los consumos realizados”.
“Por eso, el balance que debe hacer cada monotributista es entre los beneficios de regularizar sin costo, con blindaje fiscal, y el mayor costo administrativo y financiero futuro”, concluyó.
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Quebrantos: advierten por judicialización ante los cambios en la ley que impulsa el GobiernoEl Gobierno arrancó el año con la presentación de una propuesta parlamentaria que busca incorporar un cambio que podría ser determinante a la hora de calcular el Impuesto a las Ganancias.
El proyecto busca establecer que los quebrantos impositivos que puedan computar las empresas se ajusten en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), aunque plantea como fecha de implementación el 1 de enero de 2025.
En este escenario, el periodista Carlos Lamiral consultó con Diego Fraga, socio de Expansion Business, para conocer su opinión sobre el alcance que podría tener la iniciativa.
Al respecto, planteó que el proyecto de ley de alguna manera le cierra la puerta a las empresas para que puedan actualizar sus quebrantos desde el 1 de enero 2025 en adelante, si no desisten en su pretensión de actualizar por inflación mayorista los quebrantos de períodos anteriores.
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Ley de quebrantos: el Gobierno despertó la polémica por un proyecto en el que no se hace cargo de la inflación anterior a su gestiónEl Gobierno decidió dar un paso más en materia tributaria al presentar un proyecto de ley que busca que los quebrantos impositivos puedan actualizarse en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Una crítica que surgió fue que la iniciativa establece que la actualización recaerá solo para los ejercicios fiscales que comiencen el 1 de enero de este año (o sea, no permite el ajuste en períodos anteriores).
El socio de Expansion Business, Diego Fraga, despejó ciertos cuestionamientos al señalar, en un comentario a Julieta Rumi para La Nación, que no se está beneficiando a un grupo de empresas sino aplicando el criterio de la Corte Suprema y de la Constitución Nacional.
Al respecto, sostuvo que “los gobiernos anteriores, al no reconocer la actualización de estos quebrantos, hacían que todas las empresas pagaran sobre ganancias que eran inexistentes. Es decir, no había capacidad contributiva, se afectaba el derecho de propiedad”.
“Lo que está haciendo esta gestión es restablecer, arreglar un impuesto que se fue distorsionando y que por obra y gracia de la inflación que los mismos gobiernos provocaban, hacían que se pague sobre ganancias ficticias, es decir, le estaban metiendo la mano en el bolsillo a las empresas”, agregó.
Además, añadió que “es lo mismo que el Estado te licué un crédito, pero agravado porque se trata de empresas que no estaban en la mejor situación porque si tenían quebrantos es porque no les había ido bien”.
Y, para concluir, señaló que “se va a tardar mucho tiempo en arreglar el sistema tributario que destrozó el gobierno anterior, pero se están dando pasos en el sentido correcto”.
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El Gobierno elimina la retención a cuenta de IVA y Ganancias en los comercios y promete más medidasEl Ministerio de Economía anunció este martes que eliminará las retenciones a cuenta de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Ganancias que recae sobre las ventas que hacen los comercios.
La novedad fue informada por el titular de la cartera, Luis Caputo, quien también prometió que en los próximos 30 días habrá nuevas medidas para bajar el “costo argentino” que impacta en el nivel de los precios.
Si bien la norma todavía no se publicó en el Boletín Oficial -estiman que se oficializará esta semana y comenzará a regir desde septiembre- las voces de alegría se hicieron sentir de inmediato.
En este escenario, el periodista Francisco Jueguen contactó a Diego Fraga, socio de Expansion Business, para conocer su opinión al respecto y plasmarla en su artículo para La Nación.
Fraga aseguró que, en los últimos años, el fisco nacional multiplicó la existencia de regímenes de retención, adelantos y percepción de impuestos. “Los metieron hasta en Mercado Pago”, resaltó.
Por último, destacó que se trata de una “buena medida”, aunque aclaró que sería necesario que los valores que determinan quién estará alcanzado se actualice por algún indicador como el UVA.
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Vuelve el Impuesto a las Ganancias: qué pasará con las indemnizaciones y los gastos de teletrabajoLos cambios introducidos por el paquete fiscal en el Impuesto a las Ganancias van un poco más allá de las deducciones y los parámetros que definen las escalas y las alícuotas.
También, según explicó el periodista Carlos Lamiral en su artículo para Ámbito, existen otros que son menos conocidos, pero no por eso deben ser menospreciados. Uno de ellos es el que atañe a las indemnizaciones.
En efecto, el nuevo articulado define que algunos de los conceptos que deben cobrarse ante una desvinculación estarán alcanzados, mientras que otros quedarán fuera de la órbita del gravamen.
Sobre este tema opinó Diego Fraga, socio de Expansion Business, al recordar que la idea de dejar fuera del pago del Impuestos a las indemnizaciones va en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Y esto es así, según manifestó, dado que, en principio, se entiende que la persona afectada ha perdido su fuente de ingresos.
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Ganancias, aguinaldo y la falsa ilusión de la nueva deducción de la «doceava parte»Un punto en particular de los cambios introducidos en el Impuesto a las Ganancias está generando consultas por estos momentos. ¿Qué sucederá con el Sueldo Anual Complementario (SAC): está alcanzado (total o parcialmente) o exento?
Hasta la aprobación de las medidas fiscales paliativas, el SAC estaba eximido para aquellos dependientes que cobraban sueldos brutos de hasta 180 salarios mínimos, vitales y móviles al año (o 15 mensuales).
“La mala noticia -según explicó Soledad Iglesias, CEO de Expansion Argentina en su columna para El Economista- es que esta eximición fue eliminada por el Congreso recientemente”.
Sin embargo, manifestó que “la buena es que se agregó una deducción equivalente a una doceava parte de las deducciones que le corresponda computar a cada empleado”.
Este nuevo concepto se compone de las deducciones personales que se pueden restar de las ganancias del año fiscal, o sea: ganancia no imponible ($3.091.035), cargas de familia ($2.911.135 por cónyuge y $1.468.096 por cada hijo) y deducción especial ($14.836.96).
“Más allá de la falsa ilusión que provoca hablar de una doceava parte, lo cierto es que esta nueva deducción tendrá un impacto que dependerá de los ingresos que cada empleado haya acumulado y de las deducciones que puedan computar”, aclaró.
Y concluyó: “La situación de cada persona dependerá de la evolución que tomen sus ingresos (SAC incluido) y, sobre todo, de las sumas que puedan restar de la base imponible en concepto de deducciones”.
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