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Sentencia clave: la Corte limita el cobro de Ingresos Brutos sólo a quienes tengan fines de lucro

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) puso un freno a las intenciones de la provincia de Chaco de cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a un contribuyente cuya actividad era sin fines de lucro.

Se trata de una cooperativa que había pedido la inconstitucionalidad del Código Tributario Provincial (CTP) chaqueño por considerar que atacaba lo determinado en la Ley de Coparticipación Federal.

En efecto, la Ley 23.548 establece una serie de requisitos que deben cumplir las provincias para homogeneizar el tratamiento de Ingresos Brutos, entre los que figuran la necesidad de que existiera ánimos de lucro.

Al menos así lo explicó Darío Rajmilovich en su columna para El Cronista, en la que aclaró que este fallo “puede ser bisagra, ya que abre la puerta para que todas las cooperativas con actividades sin fines de lucro dejen de abonar el tributo provincial”.

El socio de Expansion Holding sostuvo que otras entidades como fundaciones, asociaciones civiles, mutuales o agrupaciones de colaboración “podrán presentarse ante el máximo tribunal de Justicia de la Nación y reclamar el sece del cobro del impuesto, sin importar la provincia en la que se desempeñe”.

Leé la columna completa, acá.

“Más que un anticipo adicional es un robo a las empresas”

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) envió a 254 contribuyentes una nota en la que los insta a ingresar, a lo largo de esta semana, un anticipo extraordinario a cuenta de Ingresos Brutos.

Las notificaciones no pasaron desapercibidas, dada la cantidad de irregularidades con la que cuenta la norma que dio origen a esta flamante obligación. En este escenario, Diego Fraga apuntó que “más que un anticipo adicional es un robo a las empresas”.

Las declaraciones fueron realizadas en el marco de la entrevista que realizó el socio de Expansion Business con José Luis Jacobo en el programa Noticias & Protagonistas de FM 99.9 de Mar del Plata.

Fraga justificó su afirmación al aclarar que “no cumple con los principios más básicos de la tributación, como, por ejemplo, que esté definido en la Ley quién es el sujeto que va a pagar el impuesto.

Además, agregó que la medida impulsada por el gobierno bonaerense “es violenta para la empresa, que tiene que sacar caja para hacer frente a esta fiesta del gasto público”.

A continuación, otras frases destacadas:

Mirá la entrevista completa acá.

Tasas, impuestos y un problema: el déficit de las provincias y municipios provocan una afrenta a la Constitución

Muchas de las provincias y los municipios están con sus cuentas en rojo y las soluciones que se presentan prometen, por lo general, sumar más dolores de cabeza en el futuro.

Sean tasas municipales o impuestos, la mayoría de las alternativas termina chocando con la Justicia. O sea: el problema no sólo persiste, sino que, además, se termina potenciando.

Al menos así lo explicó el socio de Expansion Holding Darío Rajmilovich en su columna para El Economista, en la que realiza un repaso por los últimos casos (que se multiplicaron en los últimos meses).

Además, recuerda las características que deben cumplir las tasas para ser consideradas como tales, según lo que determinó la Corte Suprema a lo largo de los años, y qué podría cambiar para evitar estas complicaciones.

Leé la columna completa, aquí.

Kicillof ya notifica a grandes empresas para que paguen un anticipo millonario de impuestos

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) comenzó a informar a un grupo de grandes contribuyentes que deberán abonar un anticipo adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La novedad generó preocupación en varias agrupaciones empresarias y llamó la atención de los medios de comunicación y fue el periodista Francisco Jueguen quien consultó a Diego Fraga sobre el asunto.

El socio de Expansion Business sostuvo que “la ley ha delegado en ARBA la posibilidad determinar uno de los aspectos más importantes en un impuesto: quién es el que lo debe pagar”.

“Y lo puede hacer sobre la base de parámetros muy difusos, a punto tal que los obligados se enterarán de que lo son cuando sean notificados electrónicamente, y a escasos días de la fecha de pago”, añadió.

Por otro lado, resaltó que “se viola en primer lugar el principio más sagrado en materia de tributación, que es el de legalidad o reserva”.

“No llega a ser siquiera un empréstito forzoso porque el objetivo del gobierno provincial es sustraer el dinero de algunas empresas y licuarlo con la inflación hasta el momento en que puedan utilizar los saldos que les generen”, amplió.

Asimismo, explicó a La Nación que “la inclusión de quienes no abonen el anticipo en la máxima categoría de riesgo fiscal durante 12 meses es una sanción sin posibilidad de defensa”.

Y concluyó: “Esto se incluye para evitar que se cuestione la medida judicialmente e implica que, de incluirse en dicha categoría, al contribuyente se le aplicarán salvajes retenciones y percepciones, generándole saldos a favor irrecuperables”.

Leé la noticia completa acá.

“Los Derechos de Exportación son de los más distorsivos y atentan contra el crecimiento del país”

La carga tributaria es una de las mayores preocupaciones de los empresarios y emprendedores. Está claro que es necesario introducir cambios profundos, pero no parece una tarea sencilla.

En este contexto, el periodista Martín Mena entrevistó a Diego Fraga para Canal E, quien advirtió que el próximo gobierno deberá comportarse como “un cirujano híper especializado” pare evitar desajustes económicos.

Además, el socio de Expansion Business aportó un listado de tributos que deberían ser eliminados. A continuación, las frases más relevantes:

Por último, manifestó que para que los cambios sean completos tienen que existir “condiciones políticas como para que los cambios se produzcan y que sean perdurables en el tiempo”.

Mirá la entrevista completa acá.

Colecta para Independiente: cuánto pagarán por impuestos a la AFIP Santiago Maratea, el club y la gente

El influencer Santiago Maratea se embarcó en una nueva colecta con un fin solidario. En este caso, el objetivo es sacar al Club Atlético Independiente del ahogo financiero en el que se encuentra.

A través de una colecta -que inició el pasado jueves 27 de abril-, busca juntar los u$s20 millones que necesita la institución para saldar las deudas más importantes y evitar así un colapso.

En busca de transparencia, una de las características que son comunes en todas las grandes “cruzadas” del influencer, explicaron que se armará un fideicomiso del que Maratea va a hacer el fiduciario (administrador) remunerado.

Al elegir este instrumento, surgió la pregunta sobre qué impuestos deberá abonar. En este contexto, Diego Fraga, Socio y CEO de Expansion Business, detalló lo siguiente ante la consulta de iProfesional:

  1. Impuestos a las Ganancias e IVA: no paga, porque el aporte de los fiduciantes/donantes no está alcanzado. Si invierte los pesos (por ejemplo, plazo fijo) va a pagar Impuesto a las Ganancias sobre los intereses.
  2. Impuesto a los Débitos y Créditos: el fideicomiso estaría alcanzado por el impuesto al cheque (0,6%). Pero, si los pagos y cobros se estructuran desde cajas de ahorro, tampoco verá esto la AFIP.
  3. Impuesto sobre los Ingresos Brutos: hay argumentos como para interpretar que no debería tributar Ingresos Brutos en provincia de Buenos Aires, en caso de que el fideicomiso esté localizado allí.

Leé la noticia completa acá.

“En impuestos, superamos a cualquier país de la región y, además, creamos a los peores”

Los impuestos son tema de debate constante en la Argentina. Es que, sin importar quién esté sentado en el Sillón de Rivadavia, todos los presidentes se encargaron de aumentar el número de tributos que se pagan.

En este contexto, la periodista María Laura Santillán entrevistó para la señal LN+ a nuestro socio fundador, Iván Sasovsky, quien analizó varios aspectos y dejó interesantes definiciones.

A continuación, las frases más destacadas:

Mirá la entrevista completa, aquí.

Un nuevo régimen de retención de Ingresos Brutos y la misma pregunta: ¿hasta cuándo?

No es una novedad decir que el Impuesto sobre los Ingresos Brutos es el gravamen estrella de cuanto informe de recaudación provincial aparece. Es que, en los últimos años, superó en promedio el 70% de los fondos propios.

Tampoco lo es la proliferación de los regímenes de retención, percepción y pagos a cuenta de este tributo. Muy probablemente, incluso, sean los actores que hagan posible esta realidad.

Al menos así lo manifestó Joaquín Careglio en una columna publicada en El Economista en donde analiza la incorporación del SIRCUPA por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (CACM).

Pero la preocupación del analista Ssr. de Impuestos de Expansion Argentina se centró en uno de los males que se genera por la proliferación de regímenes de cobro anticipado: los saldos a favor.

Recordó que como “cada provincia tiene la facultad de dictar sus propias normas en la temática, existen algunas jurisdicciones que elaboraron mecanismos que permiten atenuar la alícuota o la exclusión de estos regímenes”.

Por eso, concluyó que “es necesario que las provincias puedan pensar mucho más allá de su necesidad recaudatoria y establezcan impuestos o regímenes de recaudación que permitan alcanzar a quienes verdaderamente son contribuyentes”.

Leé la columna completa acá.