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En la Argentina se crean tributos sin pasar por el Congreso

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo introdujo una novedad: creó un fondo fiduciario denominado Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (FONDIMA) para financiar inversiones productivas.

El FONDIMA contará con una recaudación proveniente de las empresas equivalente al 3% de los beneficios que reciban del Estado. Por ser fiduciaria, sus ingresos no entran a Rentas Generales y, por lo tanto, están fuera del alcance del Presupuesto y no pueden ser objeto de recortes y ajustes.

Diego Fraga, socio de Expansion Business, señaló que “es común encontrar este tipo de contribuciones en algunos regímenes promocionales, en los cuales, para poder solventar parte de la actividad administrativa que demanda el régimen se crean tasas”.

El problema, según Fraga, es que “muchas veces se olvidan de incluir este tipo de tributos en las leyes respectivas, y se implementan a través de normas administrativas, como decretos, tratando de que pasen desapercibidos”.

“Es claro que la creación de tasas para retribuir servicios administrativos sin una ley que lo sustente es inconstitucional, pues ya desde hace tiempo en la causa ‘Selcro’ la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de una tasa administrativa de una tasa de la IGJ por no haber previsto la ley los elementos esenciales del tributo”.

Sin embargo, concluyó Fraga, “cuando se crean en el marco de regímenes promocionales no suelen ser impugnadas por sus beneficiarios, ya que representan un porcentaje bajo en proporción a los beneficios que reciben”.

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