A lo largo del año, muchas fueron las empresas que dejaron de operar en la Argentina. Nike, Adidas, Globo, Telefónica, Falabella, OLX, Walmart, Metlife y el banco Itaú, son algunas de las multinacionales que decidieron abandonar el mercado nacional.
Las decisiones que llevaron a estas compañías a cerrar fueron distintas. Algunas encontraron en el problema cambiario una traba, otras acusaron el golpe de los impuestos, la delicada situación económica o la frágil seguridad jurídica.
Sin embargo, un punto las une: la forma en la que deben confeccionar sus estados contables. Es que, según las normas contables vigentes, las compañías deben valuar sus cuentas de una manera especial.
Al menos así lo manifestó Natalia López Charif en su columna para iProfesional, en la que recordó que “la norma que se adopta para su confección y exposición es la Resolución Técnica 17”.
La analista Sr. de Auditoría de Expansion Argentina explicó que la misma “fue emitida por la FACPCE y aprobada por los Consejos Profesionales de cada una de las jurisdicciones”.
También sostuvo que exige “presentar los estados contables detallando en las notas la base aplicada y las razones por las que el ente no puede ser considerado como una empresa en marcha”.
Y, luego de hacer un repaso por los rubros más importantes, concluyó: “El objetivo es brindar una visión completa sobre sus cuentas, ya que permitirá la toma de decisiones futuras, sobre todo, de aquellos terceros que tengan intereses sobre el devenir de la compañía”.
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Atención auditores: dato clave para emitir los estados contables cerrados el 31 de diciembre pasadoLa Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) introdujo cambios a través de la Resolución Técnica 37 en las formas de exponer algunas cuentas.
Yanil González, Gerente de Auditoría de Expansion Argentina, aportó un listado con las modificaciones más importantes y despejó una de las grandes dudas: cuándo debe aplicarse.
Al respecto, señaló que “la nueva Resolución Técnica 53 trae consigo cambios en las normas de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificaciones, servicios relacionados e informes de cumplimiento.
“Pero el quid de la cuestión -aportó- está en la fecha en la que empieza a regir. Esto es así dado que establece que debe comenzar a aplicarse a partir de los ejercicios iniciados en enero de 2022”.
Y concluyó: “Si bien el nuevo texto es bastante claro, no hay que perder de vista que son los Consejos Profesionales de cada jurisdicción los que tienen que adoptar la norma para su aplicación local”.
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¿Qué impacto tendrá la nueva norma contable unificada para contadores, auditores y empresas?La Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) aprobó recientemente el texto de la nueva Resolución Técnica (RT) 54, “Normas Contables Profesionales: Norma Unificada Argentina de Contabilidad (NUA)”.
¿Qué significa esto? La respuesta tiene varias aristas. Lo que resulta evidente es que, de manera directa o indirecta, son varias las personas y organizaciones que se verán afectadas en el futuro con las modificaciones introducidas.
Así lo manifestó Ignacio Moreno, gerente de Auditoría de Expansion Argentina, en su columna para iProfesional, donde aseguró que busca “simplificar la presentación de las normas que definen cómo preparar adecuadamente los estados contables”.
Luego de explayarse sobre los cambios introducidos y exponer los beneficios que tiene, recordó que “la aprobación de cada Consejo es necesaria para que se aplique en dicha jurisdicción”.
“Por ende, si el Consejo de Córdoba decide no adaptarla, pero sí el de la Ciudad de Buenos Aires, significaría que estará vigente para las empresas porteñas, pero no para las cordobesas”, añadió.
Y concluyó: “Esperamos que todos los Consejos Profesionales acompañen esta iniciativa, dado que en definitiva permitirá dar un paso adelante a la hora de confeccionar los estados contables, con beneficios para todos”.
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