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Tasas municipales: cada vez más empresas recurren a la Justicia para cuestionarlas

La decisión del Gobierno nacional de restringir el cobro de tasas municipales por medio de otras boletas de servicios les otorgó a las empresas el impulso que buscaban para retomar la senda de la Justicia.

En este escenario, el periodista de Ámbito Carlos Lamiral indagó sobre las posibilidades concretas que tienen las compañías de accionar contra los municipios y consultó para eso con Diego Fraga.

El socio de Expansion Business explicó que existen dos posibilidades para avanzar y lograr un freno. El primero es el de sumar los casos existentes para buscar la posibilidad de obtener un resultado en el fuero federal.

La otra parte del argumento es que el artículo 9 de la Ley de Coparticipación plantea que al adherir a las provincias, organismos autárquicos y municipios se comprometen a no aplicar impuestos o tasas “análogos a los nacionales” que se coparticipan.

Para ello la Nación debería hacer una presentación ante la Comisión Federal de Impuestos, que regula la relación fiscal con las provincias, y hacer un planteo para así, en caso de obtener un dictamen favorable, retener parte de la coparticipación.

Leé el artículo completo acá.

“La Justicia tiene que tratar de ver la trazabilidad para saber si hay otro delito que sí está prohibido”

Hace unos días se dio a conocer que la mediática Sofía Clerici, que está siendo investigada por la Justicia por lavado de dinero, solicitó blanquear unos u$s600.000 en efectivo.

La novedad es que el juez de la causa decidió aceptar el pedido y generó polémica. En este escenario, el equipo del programa “Pan y Circo” (Radio Rivadavia) contactó con Iván Sasovsky para conocer su opinión sobre el tema.

Al respecto, el socio y CEO de Expansion Holding sostuvo que “la ley plantea que aquellos que se encuentren con una condena firme pueden blanquear” y añadió que, en este caso, “se presenta una discusión más del tipo moral que legal”.

También recordó que “los beneficios del blanqueo es no tributar por los impuestos que corresponden por haber incrementado tu patrimonio y no poder justificarlo”. Adicionalmente, señaló que “te da la garantía de no explicar el origen de los fondos”.

Si bien la actividad declarada por la mediática no está prohibida, Sasovsky destacó que “el tema es quiénes son esos acompañantes y si ella lo está haciendo en nombre propio o está siendo testaferro de alguna forma del político que le dio ese dinero”.

Sin embargo, sostuvo que “eso entra dentro de la órbita de la Justicia” ya que, “a nivel legal o administrativo, no hay ningún impedimento”. Y concluyó: “La Justicia tiene que tratar de ver la trazabilidad para saber si hay otro delito que sí está prohibido por la Ley de Blanqueo”.

Escuchá la entrevista completa acá.

La Justicia falló en contra de la AFIP en otro caso por el Impuesto a la Riqueza

La Justicia puso un freno a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su intención de cobrar el Aporte Solidario y Extraordinario a un contribuyente que poseía residencia fiscal en otro país.

El periodista de Infobae Martín Kanenguiser consultó a Diego Fraga sobre el fallo, quien dijo que “la sentencia es muy importante porque es uno de los casos más sólidos de inconstitucionalidad en ese engendro polémico que fue el mal llamado aporte solidario”.

El socio de Expansion Business apuntó que “desde lo jurídico, fue un disparate constitucional pretender alcanzar retroactivamente con un impuesto confiscatorio a un sujeto que había emigrado y que ya no era más contribuyente del país”.

Además, sostuvo que “fue claramente persecutorio, ya que se apuntó con la norma cuestionada a castigar, sin fundamento jurídico, a sujetos que habían tomado una drástica decisión de vida, es decir, irse definitivamente de su país, alejándose de sus familias y demás afectos”.

También remarcó que “es trascendente esta sentencia de fondo porque si bien en algunas jurisdicciones se otorgaron medidas cautelares en supuestos similares, tampoco abundaron”.

Y concluyó: “Algunos jueces eran bastante reticentes, inclusive en casos como el presente, donde la inconstitucionalidad era grosera y sólo se requería un análisis muy sencillo, de puro derecho”.

Leé la nota completa, acá.

La Justicia dictó la inconstitucionalidad del Aporte Solidario en un caso y marcó un precedente

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 8 declaró la inconstitucionalidad del Aporte Solidario y Extraordinario impulsado por el gobierno de Alberto Fernández hace más de 3 años.

En la causa, una contribuyente sostuvo que “se incluían en la base imponible del impuesto bienes que ya no integraban su patrimonio al haber sido transferido con anterioridad a la sanción de la norma a un trust irrevocable constituido en Nueva Zelanda”.

Ante la sentencia, la periodista de El Cronista Lucrecia Eterovich consultó con Diego Fraga, socio y CEO de Expansion Business, quien celebró la sentencia que consideró inconstitucionales los artículos 3 de la Ley 27.605 y el 2 del decreto 42 del año 2021.

“Vino a poner un poco de claridad sobre algo que los tributaristas no teníamos dudas y que coincide con el criterio que ha venido sosteniendo la AFIP durante años sobre el instituto del trust irrevocable y discrecional”, indicó.

Además, destacó que la sentencia llega de forma repentina, dado que desde hace bastante existían dictámenes internos en el fisco nacional que definían que si el aporte de activos se efectuó a un trust discrecional e irrevocable no puede considerarse que siga siendo titular de tales bienes a los efectos impositivos.

La nota completa, aquí.