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03 Sep. 2024

¿En qué casos las donaciones deben abonar el impuesto del régimen anticipado de Bienes Personales?

Impuestos

Iván Sasovsky analizó qué sucede con este tipo de operaciones a título gratuito y explicó cuándo están alcanzadas por el REIBP

El Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) se presenta como una gran alternativa para realizar una planificación fiscal y lograr certeza sobre el pago del impuesto patrimonial.

Se trata de un régimen optativo y voluntario que permite a quienes son contribuyentes de Bienes Personales abonar de manera anticipada y a tasa preferencial el impuesto patrimonial.

Así lo explicó Iván Sasovsky en una columna publicada en El Economista en la que advirtió que “los que adhieran al REIBP tendrán la garantía de que todo lo que entre a su patrimonio quedará fuera de la órbita del impuesto hasta el 1 de enero de 2028”.

Sin embargo, explicó que “existen algunas salvedades” y añadió: “Si el contribuyente acepta una donación antes del 31 de diciembre de 2027 podrá estar sujeto al pago de Bienes Personales si el donante no adhirió oportunamente al REIBP”.

El socio y CEO de Expansion Holding también detalló cómo debe calcularse el impuesto en caso de quedar alcanzado, ya sea que se trate de bienes declarados o que fueron exteriorizados con el blanqueo incluido en el paquete fiscal.

“Más allá de casos especiales, lo cierto es que el régimen de pago anticipado de Bienes Personales no solo ofrece una reducción inmediata en la carga fiscal, sino también una estabilidad y previsibilidad a largo plazo”, concluyó.

Leé la columna completa acá.