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18 Apr. 2024

Intercambio EE.UU.: los movimientos que encenderán las alertas y los pasos legales a seguir

Impuestos

Diego Fraga recordó cómo es el procedimiento que debe realizar la AFIP para cobrar impuestos y los mecanismos de defensa que tiene el contribuyente

El fisco norteamericano ya habría solicitado información a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el marco del acuerdo de intercambio fiscal firmado entre la Argentina y los Estados Unidos.

En este escenario, la periodista Lucrecia Eterovich consultó a Diego Fraga sobre el procedimiento que debe seguir la AFIP para reclamar el pago de impuestos ante la detección de activos no declarados.

Al respecto, el socio de Expansion Business recordó que cuando el fisco nacional “recopile todos los datos para practicar el ajuste, cerrará la inspección y le librará una liquidación, que se conoce como prevista”.

Luego, existe una etapa en la que se puede regularizar la deuda. Si no se opta por esta opción, la AFIP inicia el procedimiento de determinación de oficio, en el que se aportan y producen todas las pruebas (dura entre 6 meses y un año).

“Finalizado, la AFIP emitirá una resolución y si considera que hay tributos omitidos, se destallarán los importes adeudados en concepto de impuestos, intereses y multas”, aclaró.

Y alertó que “si los mismos superan los mínimos establecidos por el régimen penal tributario, se suspenderá la aplicación, pero se formulará una denuncia que dará inicio a un proceso penal”. Frente a esto, hay dos posibilidades: una reconsideración o la apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

“Existe un largo trayecto desde que el fisco detecta un activo no declarado hasta que lo puede cobrar, porque este proceso es lo que garantiza el derecho de defensa de los contribuyentes y permite evitar arbitrariedades en cabeza del fisco”, concluyó.

Leé el artículo completo acá.